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Empresas de telecomunicaciones y financieras, las más sancionadas por la AEPD

Las compañías de telecomunicaciones y financieras han sido las sancionadas con mayores cuantías por parte de la Agencia Española de Protección de Datos a lo largo de 2015. Sin embargo, las sanciones impuestas han descendido un 34% en el caso de las primeras, mientras que han aumentado más del 18% en el caso de las segundas.

datos binarios

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha hecho pública su Memoria 2015, de la que se desprende que las sanciones de mayor cuantía han recaído en empresas de telecomunicaciones (51% del total), entidades financieras (17%) y empresas encargadas del suministro y comercialización de energía o agua (8,7%), seguidas de las infracciones declaradas por comunicaciones electrónicas comerciales (spam) (6,5%).

No obstante, si se comparan con los datos de 2014, las sanciones a las Telecos han descendido un 34%, al igual que las impuestas a las compañías suministradoras, que se han visto reducidas en un 31%. En el lado opuesto, el número de sanciones a las entidades financieras aumentó un 18,7%, así como las infracciones por spam, que lo hizo en un 39%.

La AEPD ha aumentado el número de denuncias y reclamaciones resueltas. Así, como recoge FACUA, en 2015 se han resuelto 10.871 denuncias frente a las 9.404 de 2014 (+15,60%). En cuanto a las reclamaciones de los ciudadanos para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, se han resuelto 2.113 en 2015 frente a las 1.818 de 2014 (+16,23).

En el caso de las Administraciones Públicas, en 2015 se ha producido un ascenso del 11,7% en el número de infracciones declaradas, con un incremento del 30% en los procedimientos resueltos, es decir, 78 procedimientos resueltos han dado lugar a 57 declaraciones de infracción.

La inserción indebida en ficheros de morosidad y la contratación irregular se encuentran entre las principales reclamaciones planteadas ante la AEPD por los ciudadanos. Uno de cada tres afectados denunció cuestiones relacionadas con el ámbito de la morosidad, en particular la inclusión en ficheros comunes, la reclamación de deudas impagadas o la contratación irregular en servicios ofrecidos por operadores de telecomunicaciones, entidades financieras o compañías energéticas.

“En relación con estas conductas es preciso incidir que la inclusión indebida en ficheros de morosidad produce unos efectos especialmente negativos para los afectados, por los que las empresas deben extremar su diligencia antes de comunicar una información inexacta”, señala FACUA en un comunicado.

En lo relativo a los procedimientos resueltos iniciados a instancia de ciudadanos que acuden a la Agencia reclamando la tutela de sus derechos -habiéndolo ejercitado previamente ante el responsable del tratamiento, que los ha denegado o no ha respondido- ocupan el primer lugar los procedimientos de cancelación (1.329) seguidos, por este orden, de los referentes al acceso (608), oposición (130) y rectificación (97).



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