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El 17 de diciembre entra en vigor la directiva conocida como whistleblowing

En Estados Unidos algunas de estas prácticas ofrecen beneficios económicos que protegen al denunciante cuando se filtra su nombre o pierde su empleo

whistleblowers

Los denunciantes carecen todavía de todos los mecanismos de protección en España. Una situación que cambiará en parte gracias a la directiva sobre denunciantes de la Unión Europea (UE), en vigor desde diciembre de 2019, que obliga a los gobiernos de todo el Viejo Continente a su trasposición a la legislación nacional antes del 17 de diciembre de 2021. 

“Esta nueva directiva 2019/1937 tiene como objetivo proteger a las personas que denuncian posibles irregularidades en sus empresas o en la Administración Pública, así como a aquellos relacionados con ellos que pueden haber facilitado la denuncia, y es muy necesaria para evitar las situaciones como los que han vivido las personas denunciantes en la trama Gürtel o Púnica o el caso Falciani”, explica Francisco Bonatti, socio director de Bonatti Compliance.

En definitiva, la directiva conocida como whistleblowing pretende establecer un espacio de protección para que cualquier ciudadano pueda denunciar sintiéndose seguro en ámbitos como la prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la seguridad de los productos, la seguridad del transporte, la protección del medio ambiente, la protección de la privacidad y los datos personales, la seguridad de la red y los sistemas de información, etc. La directiva sobre denunciantes de la UE establece, por tanto, un marco para la presentación de informes internos y externos, con plazos estrictos para proporcionar información a los denunciantes y disposiciones sólidas contra las represalias.

“La legislación exige que las empresas con más de 50 empleados implementen mecanismos internos efectivos para permitir que los trabajadores informen y eleven sus inquietudes, así como para tratar de evitar represalias en su contra”, explica el experto de Bonatti Compliance. Además, la Administración Pública tiene que establecer canales públicos, tanto tecnológicos como orales, para tramitar estas denuncias dirigidos a aquellos trabajadores que tengan miedo de hacerlo a través de sus empresas. Un acto que está reforzado por la ley de Protección de Datos y Garantía de los derechos digitales que ya permite la generación de canales de denuncias anónimos.

En este escenario, según Francisco Bonatti, “el ciudadano tiene protección absoluta sobre su identidad o, incluso, puede denunciar desde el anonimato, ya que esta nueva legislación establece como máxima prioridad la protección del denunciante ante Administraciones y empresas”. Este experto explica que “las autoridades solo pueden dar sus datos bajo su propia autorización o en casos extremos por requerimientos de la Justicia para investigaciones, etc., pero siempre con una serie de garantías, salvaguardando su seguridad y comprometiéndose a no hacer público sus datos más allá del ámbito estrictamente necesario”.

Otro aspecto destacado que plantea esta directiva es la ausencia de represalias. Está claramente regulado que, en ningún caso, el denunciante tiene que sufrir consecuencias y represalias. “La ley 2019/1937 tiene todo un capítulo destinado a protegerlos frente a múltiples conductas que han venido sufriendo tras su denuncia: desde el despido, la degradación, la denegación de ascensos, cambios de ubicación, cambio de horario, imposición de medidas disciplinarias, coacciones, ostracismo, discriminación, no conversión de contratos temporales a fijos, no renovación, daños en medios sociales, pérdida de ingreso, lista de negra, extinción de contratos comerciales, anulación de permisos, revelación de datos médicos… Todo con el fin de proteger al denunciante”. 



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